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jueves, 25 de diciembre de 2014

Art de Opinión: Raptando la comunicación popular, análisis sobre la Ley de Medios Comunitarios y Alternativos

Rodolfo Montes de Oca

El pasado 10 de Junio de 2011, la Comisión Permanente de Participación Ciudadana y Medios de Comunicación de la Asamblea Nacional  propuso el proyecto de Ley de Medios Comunitarios y Alternativos, que pretende la distribución equitativa del uso del espectro radioeléctrico con un 33.33% para el sector comunitario alternativo. Sin embargo mas allá de las alabanzas del PSUV y del oportunista silencio de la MUD, esta propuesta tiene varias aristas que debemos analizar.

Para comenzar existe una flagrante contradicción entre los principios y postulados que pretende el citado anteproyecto de ley, sobre ello en el Art. 3 y 4, aparte de un conglomerado de adjetivos “progresistas” podemos encontrar que se les impone “la defensa del estado de legalidad”, poniendo en evidencia que los medios comunitarios deben someterse sin chistar al orden vigente, lo que coarta su beligerancia y autonomía, mientras que promueven slogans como “la otra comunicación” de lo cual no existe un desarrollo teórico-práctico real.

En el Art. 5 al definir los sujetos que serán afectados por esta ley, se deja sentado que la radio y televisión comunitaria deben estar inscritas y regularizadas por CONATEL, esto se repite en el Art. 7 cuando se les obliga a cumplir con todos los requisitos que establece en la Ley  Orgánica de Telecomunicaciones, su Reglamento y en otras disposiciones jurídicas sobre este particular. Mientras que para los medios impresos se crea la obligación de estar inscrito en la Biblioteca Nacional.

El Art. 6, referente a colectivos, grupos o tendencias que manejen medios de difusión, los cataloga como “Operadoras de Medios Comunitarios Alternativos y la Comunicación Popular” a las que se da personalidad jurídica con el modelo y principio rector para  organizarse de la democracia participativa y protagónica establecido en la Constitución, excluyendo otros mecanismos mas acordes con los medios comunitarios como la democracia directa. Además, se impone una estructura de asamblea, financiación, instancias electorales y disciplinarias que fomentan la jerarquía y burocratización dentro de los colectivos de base.

En el Art. 11 referente a la formación de los denominados “operadores de comunicación” se genera un tutelaje estatal cuando se establece que el “ministerio competente” genera “los contenidos programáticos de los Planes de Formación y Capacitación en este sector, a los efectos de su sistematización y calificación técnica e ideopolítica idónea”, lo cual coarta de tajo la autonomía individual y colectiva, la autoeducación y la capacidad de que los medios de creación colectiva y popular bajo su practica generen sus propias reflexiones y experiencias.

Quien paga la banda escoge la música
En el Art. 13 del anteproyecto de ley se establece la obligación de que cada “Municipio, Estado, Instituto Autónomo, entidad ministerial, Empresa de Producción Social  y toda expresión institucional de la Quinta República, destinará de  su presupuesto anual, apartado para publicidad, un porcentaje no menor al 50% para ser distribuido con criterio de proporcionalidad, equidad, justicia y transparencia, vía pauta  de publicidad institucional, entre todos los Medios de Comunicación Comunitarios”. Mientras que en el en el Art. 14 se establece la posibilidad de que los medios comunitarios reciban un porcentaje por publicidad capitalista.  Esto violenta la finalidad y origen de los medios comunitarios equiparándolos a los medios privados o estatales, además de abrir la puerta para que los mismos no respondan a los intereses colectivos que dicen representar, dadas las obligaciones que se generan hacia quien paga las nominas y demás gastos.

Más adelante, el Art. 16 - en el clásico “doble pensar” acostumbrado por la oficialidad - expresa: “la propaganda y el proselitismo político o religioso, tampoco está permitida  en los Medios de Comunicación Comunitarios Alternativos”, un claro oxímoron debido a que es publico, notorio y comunicacional que por lo general los voceros dependientes del Estado suelen hacer apología política por su proyecto político; por consiguiente, es obvio que los medios comunitarios a la larga se convertirán en propagandistas de la actual administración.

Criticas puntuales
El presente anteproyecto de ley es un subproducto de lo que los ideólogos del “socialismo del siglo XXI” han denominado “pueblo legislador”, siendo ampliamente defendida por la Asociación Nacional de Medios Comunitarios Libres y Alternativos (ANMCLA) y por tinglados políticos como Comunidades al Mando, entre otros.  Sin embargo por omisión o porque realmente no legislaron, al proyecto de ley le caben una serie de críticas que expondremos a continuación:

1.- Una ley de marcado carácter urbano: con excepción de pequeños ejemplos (radio Hato Arriba, entre otros) el espectro de acción de las radios comunitarias esta focalizado en la zona costera y los grandes centros urbanos (Vgr. Caracas) dejando un alto porcentaje de las regiones sin sus frecuencias.  

2.-Excluye a los pueblos originarios: aunque se ha convertido en moda la adecuación de los pueblos originarios a la normativa vigente, o en su defecto la exaltación de la jurisdicción especial indígena, sin embargo en este proyecto de ley nada dice con referencia a este segmento de la sociedad venezolana, excluyéndolos de manera flagrante, ni generando la carga de que en las zonas de connotado presencia indígena (Vgr. la Guajira o el Edo. Amazonas) se pueda hacer programación en sus lenguas autóctonas que lentamente van desapareciendo.  

3.-Cooptación de la autonomía: la excesiva burocratización, la rotulación de las dinámicas de comunicación espontáneas y la sumisión presupuestaria que padecerán los medios comunitarios, desvirtuarán de fondo y forma lo que son los mecanismos de difusión colectivos, debido al exceso de intromisión estatal y de heteronomía de la voluntad individual.

Qué proponemos

Más allá de lo anterior, como anarquistas consideramos que la capacidad colectiva de comunicar inquietudes es un derecho natural de los seres humanos, que no es ni debe ser positivizado por sus semejantes, por ello somos rabiosos partidarios de los procesos de trasmisión de saberes que sean informales, sin jerarquías, y que amparados bajo la autogestión como modelo de gestión, sean capaces aquí y ahora de ser fieles voceros de sus realidades. Que abunden las radios y televisoras piratas, los medios fotocopiados y los portales de contra-información que con su goteo constante de información nos ayuden a rebasar el vaso de la pasividad social.