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jueves, 25 de diciembre de 2014

Art. de Opinión: El Derecho Penal del Enemigo en Venezuela

   Rodolfo Montes de Oca

"Todo aquel que presta fidelidad al ordenamiento jurídico con cierta fiabilidad tiene derecho a ser tratado como persona y quien no lleve a cabo esta prestación puede ser heteroadministrado, lo que significa que no será tratado como persona" -Günther Jakobs-

El Derecho penal del enemigo es la expresión acuñada por el jurista Günther Jakobs en 1985, para referirse a las normas que en el Código Penal alemán sancionaban penalmente conductas, sin que se hubiere afectado el bien jurídico, pues ni siquiera se trataba del inicio de la ejecución. Estas normas no castigan al autor por el hecho delictivo cometido si no que reprimía al sujeto por considerarlo peligroso.

Günter sostiene que hay que distinguir entre delincuentes que han cometido un error y aquellos que pueden destruir el ordenamiento jurídico. Los primeros son personas y deben ser tratados como tales, pues ofrecen garantía cognitiva suficiente de un comportamiento personal. A quienes no ofrecen esa seguridad cognitiva, el Estado no debe tratarlos como persona, pues entonces vulneraría el derecho a la seguridad estatal.

Estas premisas de carácter autoritario parecen haber sido recogidas por el legislador venezolano, para dictar una de las leyes más arbitrarias del ordenamiento jurídico local como es la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT) y de la cual nos ocuparemos en este articulo.

Imponiendo su santa voluntad
En 1872, el filosofo Rudolf von Iering pública su obra “Der Kampf ums Recht” en el cual se establece que el Derecho es una idea que parte de su propia antítesis, es decir, por un lado tiene el objetivo de conseguir la paz social, y por otro es en esencia la lucha contra aquello que la perturba. Así, el Derecho se encargaría de dictar normas que regulasen las relaciones dentro de una sociedad, y a la vez, se encargaría de luchar contra lo que el legislador considera el injusto jurídico.

Esta máxima que será conocida como “la lucha del derecho”, se establece que dentro de las ciencias regulatorias el principio punitivo no proviene de una manifestación de los pueblos como establecía su contraparte  Friedrich Karl von Savigny, si no que el Derecho era producto de las posiciones activa de unos sujetos que luchaban por su instauración. Es por ello, que hablar de leyes y de reglamentos, es hablar de la imposición de un puñado de hombres que saben dominar a sus semejantes. 

Esta premisa será recogida por las dos familias del derecho, la del civil y la del commow law, como una forma de regular el comportamiento humano dentro de sus fronteras, para ello, el legislador se ampara en las normas máximas para reglamentar de forma autoritaria el devenir de la sociedad bajo la ficción de la democracia representativa o en nuestro contexto bajo el mote de “socialismo”.    

Por ello y a la par con las teorías de Günther Jakobs, todo aquello que busque subvertir el orden impuesto o que se demuestre manifiestamente en desacuerdo con él, bien por que adhiere una corriente revolucionaria o bien por que no simpatizar con el desarrollo civilizatorio occidental, lo hace sujeto de “terrorismo” o un sujeto al cual poder aplicar el Derecho Penal del Enemigo.

Así podemos ver como tras el ataque a la Torres Gemelas de Nueva York en el 2002, el FMI intensificó sus actividades para prevenir todas las actividades económicas que sustentaran las actividades terroristas que pudieran entorpecer el flujo de capitales a nivel mundial. En el año 2009 crearon un “fondo fiduciario” para financiar la asistencia técnica en lavado de dinero (ALD) y financiamiento al terrorismo (LFT). Estas iniciativas del Fondo se encuentran coordinadas con otras instancias, como el Grupo de Acción Financiera sobre el Blanqueo de Capitales (GAFI), un organismo intergubernamental integrado por 36 miembros y creado en la reunión del Grupo de los Siete (G-7) celebrada en 1989 en París. El GAFI está encargado de elaborar normas de alcance mundial para combatir el lavado de dinero y el financiamiento del terrorismo, funcionando en estrecha colaboración con otros organismos internacionales fundamentales, como el propio FMI, el Banco Mundial, Naciones Unidas y otros organismos regionales.

Es en este marco de regulaciones internacionales es que la Asamblea Nacional, publica y reforma la LODOFT para adecuarse a las políticas de cooperación neoliberal sugeridas por el FMI. Este instrumento jurídico cuenta con 89 artículos en los cuales resaltan situaciones como el carácter genérico y poco claro en la definición de lo que es “terrorismo” y de lo que puede ser considerado “un acto terrorista”, la obligación de informar a las autoridades de cualquier sospecha, los denominados “Delitos Contra la Libertad de Industria y Comercio Obstrucción de la libertad de comercio”, la protección de agentes encubiertos, la cooperación internacional y el rigor de las condenan que oscilan entre 15 y 20 años de prisión.

¿Ficción? o cruda realidad
La primera persona imputada por esta Ley, es el joven exhibicionista Yendrick Sánchez, quien el pasado 19 de abril en plena investidura de Nicolás Maduro, como presidente de Venezuela, interrumpe el discurso para abalanzarse con un abrazo sobre el nuevo mandatario y demostrar su afecto al “proceso”. Este espontáneo quien ya era celebre junto a su primo Jhon Juan Salas, por hacer lo mismo durante un discurso de Hugo Chávez, Henrique Capriles Radonski,  Alejandro Sanz, le robaron un beso a Franco De Vita y hasta una vez le quitaron la corona a la Miss Venezuela 2007 en pleno evento, para darse a conocer en los medios.

Este rochelero paga hoy su travesura con creces, se encuentra detenido en el Complejo Penal de Coro con un juicio abierto donde la fiscal 20º nacional, Katherine Harrington, acusó a Sánchez González por la presunta comisión de los delitos de ofensa agravada al jefe de gobierno y asociación ilícita para delinquir.

En un contexto de auge en las luchas populares, que superaron las 5.300 el año pasado, el gobierno nacional ha demostrado ser sumamente duro a la hora de perseguir a los que luchan, abriendo juicios por protestar a más de 2.500 dirigentes campesinos, trabajadores, activistas comunitarios, y otros luchadores, según cifras recogidas por el más reciente informe anual de Provea. La entrada en juego de esta ley pone en riesgo las acciones de protesta que desde ahora pueden ser consideradas como “terroristas”.

A estas acciones se suma la expedita colaboración del gobierno venezolano con Colombia y España en la persecución de organizaciones políticas incluidas en la lista de “terroristas” elaborada por el gobierno de los EEUU, como es la expulsión de dirigentes vascos (Walter Wendelin) o la detención de “faracos” (Julián Conrado), lo que demuestra una evidente contradicción entre la dirigencia bolivariana que parece dar prioridad al Imperio del Norte que a sus afines anti-imperialistas.

Llámese Patriot Act, Paragraph 119 bgb, Decreto Ley sobre seguridad ciudadana o Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo; en todos lados, los estados están reprimiendo hasta la saciedad las expresiones de desobediencia que se multiplican como un virus en un sistema de desarrollo que colapso y cuyo derrumbe o reforma se vuelve inminente. Venezuela no es la excepción y para ello el Gendarme de Miraflores se prepara desde ya con la excusa de la “lucha antiterrorista” para el fin de la ilusión que se aproxima.