Este miércoles 13 de Julio de
2016, las organizaciones no gubernamentales Programa Venezolano de Educación
Acción en Derechos Humanos (PROVEA), Laboratorio de Paz (LABPAZ), Centro de
Justicia y Paz (CEPAZ), y Civilis Derechos Humanos (CIVILIS) Espacio Público
(EP), y el Centro de Derechos Humanos de la Universidad Católica Andrés Bello
(CDH-UCAB), acudimos ante la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de
Justicia con la finalidad de introducir un recurso de nulidad parcial por
inconstitucionalidad conjuntamente con acción de amparo cautelar contra los artículos 35, 38, 39, 40, 41, 42 44, 45,
46, 47, 50, 51, 52, 76, 82, 83, 85, 97,
99, 100, 101, 102, 103, 104 y 105 de la Ley de Registro y Alistamiento
para la Defensa Integral de la Nación, publicada en Gaceta Oficial número
40.440, de fecha 25 de junio de 2014, la cual establece la obligatoriedad de la
inscripción en el Registro Militar para las personas naturales y jurídicas, las
sanciones y consecuencias del no registro, en virtud de que viola los artículos
20, 21, 52, 61, 87, 102 y 134 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela; artículos 18, 22 del Pacto sobre Derechos Civiles y Políticos;
artículos 18 y 20 de la declaración Universal de los Derechos Humanos; artículo
22 de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.
La acción judicial conjunta
intentada por las organizaciones no gubernamentales busca revertir los efectos
inconstitucionales de la norma, que limita el derecho al libre desenvolvimiento
de los venezolanos, la igualdad ante la ley, la libertad de conciencia y de
asociación; así como la afectación de los derechos al trabajo y la educación
presentes en la citada ley.
Con esta iniciativa se busca
anular la obligatoriedad del Registro Militar con preminencia frente al
servicio alternativo civil.